¿Se puede tramitar el arraigo social sin un contrato de trabajo?

Si no tienes una oferta de empleo ni ningún empleador que quiera hacerte este contrato de trabajo podrás solicitar un Arraigo Social sin contrato de trabajo. En este caso tienes dos opciones:

  1. Arraigo Social por Cuenta Propia
    El Arraigo Social también puede hacerse creando tu propia empresa y trabajar como autónomo.Para ello, será necesario acreditar una serie de requisitos basicos:
    Un Plan de Empresa. Dentro de este plan de empresa deberás especificar quién serán tus clientes, qué actividad vas a desarrollar, cuánto estimas generar, cuales serán tus gastos, etc.
    – También deberás acreditar que dispones de los medios económicos necesarios para hacer la inversión y poner en marcha tu negocio.
    – Además de esa inversión, deberás acreditar que dispones de recursos económicos para vivir en España. En este caso, se exige disponer del 100 % del IPREM mensual ( lo que supone 579,02 euros al mes).
  2. Arraigo Social con Recursos Propios
    La otra opción que tienes para poder hacer este arraigo social sin contrato de trabajo es acreditar que dispones de recursos económicos propios o bien los de un familiar. En este supuesto , la autorización que se conceda será solamente de residencia y no llevará aparejada la autorización de trabajo.

En ambos casos, es decir, tanto si queremos hacer un Arraigo Social por cuenta propia o con recursos económicos propios, es obligatorio aportar, junto con el resto de documentación, un Informe de Inserción Social.

× ¿Cómo puedo ayudarte?